TH Bienes Raíces

2024

Fundamentos

  1. Constitución Política del Estado
  2. Código Civil Para el Estado
  3. Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado
  4. Ley que Regula el Régimen de propiedad en Condominio en el Estado
  5. Ley de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda para el Estado
  6. Ley Estatal de Protección Ambiental
  7. Ley de Extinción de Dominio para el Estado
  8. Ley del Notariado del Estado
  9. Ley que Establece el Arancel para el cobro de Honorarios por los Notarios Públicos
  10. Ley del Inquilinato para el Estado
  11. Ley sobre Protección y Conservación de Lugares Típicos y de Belleza Natural
  12. Ley del Catastro del Estado
  13. Ley de Operaciones Inmobiliarias del Estado
  14. Ley de Valuación Inmobiliaria
  15. Código Hacendario 16. Ley de Bienes del Estado
  16. Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y Limitación de Dominio de Bienes de Propiedad Privada para el Estado
  17. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas del Estado
  18. Ley para la Creación y Fomento de la Pequeña Propiedad
  19. Ley para la Enajenación de Predios de Interés Social
  20. Ley que Declara de Interés Público y Obligatorio el cercado de Terrenos libres de Construcciones, ubicados en las zonas urbanas de las poblaciones del Estado
  21. Ley que Regula el Procedimiento para fijar las Cuotas, Tarifas y Tablas de Valores Unitarios de las Contribuciones sobre la Propiedad Inmobiliaria
  22. Ley que Regula las Construcciones Públicas y Privadas del Estado

Leyes Inmobiliarias

 

Las Leyes Inmobiliarias regulan la actividad de los agentes, de las agencias y de las Asociaciones Inmobiliarias, y también dan pauta para el registro de licencias.

18 estados ya tienen Ley Inmobiliaria: (Baja California Norte y Sur, Coahuila, Campeche, Michoacán, Veracruz, Colima, CDMX, Edo. de México, Guerrero, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco y Tamaulipas)

Proyectos en desarrollo de los congresos de: Jalisco, Puebla, Chiapas, Morelos, Yucatán y Sinaloa)

1era Ley Inmobiliaria surgió en Sonora en el 2003

 

Objetivos de las Leyes Inmobiliarias:

 

1, Crear un padrón de agentes, agencias y asociaciones inmobiliarias existentes

  1. Crear un padrón de agentes, agencias y asociaciones inmobiliarias plenamente
  2. Comprobar capacitación y actualización constante de los agentes
  3. Prevenir y evitar que cualquier persona preste servicios inmobiliarios con
  4. Que la función del agente inmobiliario brinde certeza y seguridad jurídica al

 

Servicios inmobiliarios

 

Derivado del artículo 75 del Código de Comercio:

  • Compraventa
  • Comisión Mercantil
  • Intermediación en negocios mercantiles Derivado de la LFPIORPI (Ley Antilavado):
  • Construcción o desarrollo de bienes inmuebles
  • Compraventa de inmuebles y su administración

 

En general los servicios inmobiliarios son 6:

  1. Comercialización: la mediación o intermediación para la realización de la venta de un inmueble.
  2. Promoción: toda la propaganda que se hace para vender un
  3. Consultoría: Realización de las actividades de consulta o asesoramiento que se prestan para el beneficio del usuario.
  4. Gestoría: todas las actividades relacionadas a obtener las licencias, permisos, trámites.
  5. Valuación: todas las acciones tendientes a obtener el valor de los bienes
  6. Administración: todas las actividades gerenciales que se aplican a un inmueble productivo, rindiendo también informes para los propietarios.

 

Nueva Cultura Inmobiliaria

 

Desde el 9 de julio de 2007 la SEP reconoció a la actividad inmobiliaria como una profesión.

El reconocimiento se lleva a cabo a través de un proceso especial con el que se obtiene un título y cédula profesional con efectos de patente a nivel federal, el título que se obtiene es el de: Técnico Superior Universitario en Comercialización Inmobiliaria (TSUCI).

Se lleva a cabo a través de 2 etapas: un examen y un portafolio de evidencias.

 

Sujeto a las normas establecidas por Instituciones o Asociaciones:

SEDECO - Secretaría de Desarrollo Económico AMPI - Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (27 artículos divididos en tres secciones):

  1. Relaciones con el Público
  2. Relaciones con Clientes y Usuarios
  3. Relaciones con Otros Inmobiliarios

RAR - National Association of Realtors (17 artículos divididos en tres secciones):

  1. Relaciones con Clientes y Usuarios
  2. Relaciones con el Público en General
  3. Relaciones con Compañeros Realtors

CILA - Consejo Inmobiliario Latinoamericano

FIABCI - Federación Internacional de Asociaciones Inmobiliarias

CREA - Consorcio Internacional de Bienes Raíces

ASPRIMA - Asociación de Profesionales Inmobiliarios de Madrid

COPIM - Consejo de Profesionales Inmobiliarios en México A.C.

APCI - Asociación de Profesionales en Comercialización Inmobiliaria

01 Norma Oficial Mexicana NOM-247

La normativa NOM-247-SE-2021, titulada "Prácticas comerciales: Requisitos para la información y publicidad de bienes inmuebles destinados a vivienda, y elementos esenciales en los contratos relacionados", fue promulgada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 22 de marzo de 2022, y comenzó su vigencia el 19 de septiembre del mismo año. Esta regulación define criterios específicos para la promoción y venta de inmuebles destinados a vivienda y los elementos esenciales que deben estar presentes en los contratos de compraventa.

El principal objetivo de la NOM-247-SE-2021 es asegurar la defensa efectiva de los derechos de los consumidores en el ámbito inmobiliario. Esto se logra mediante la instauración de estándares mínimos de información y claridad en la publicidad y comercialización de dichos inmuebles.

Los vendedores de estos inmuebles están obligados a ofrecer a los consumidores información precisa, visible y fácilmente legible, que incluye:

  • Ubicación exacta del inmueble.
  • Área construida del mismo.
  • Cantidad de habitaciones y baños.
  • Detalles sobre sus amenidades.
  • Precio total y desglosado.
  • Condiciones y modalidades de pago.
  • Fechas comprometidas de entrega.
  • Garantías ofrecidas por el proveedor.

En el ámbito publicitario, la norma estipula:

  • Veracidad en la publicidad, evitando mensajes engañosos.
  • Inclusión de datos esenciales sobre el inmueble, como precio, modalidades de pago y fechas de entrega.
  • Prohibición de contenidos que fomenten discriminación o inciten al odio.

La implementación de la NOM-247-SE-2021 representa un paso significativo en la protección de los derechos de los consumidores en el sector inmobiliario. Al garantizar transparencia e información precisa, la norma facilita que los consumidores tomen decisiones fundamentadas respecto a sus inversiones inmobiliarias.

Leyes Estatales (según corresponda a cada estado)
  1. Constitución Política del Estado
  2. Código Civil Para el Estado
  3. Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado
  4. Ley que Regula el Régimen de propiedad en Condominio en el Estado
  5. Ley de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda para el Estado
  6. Ley Estatal de Protección Ambiental
  7. Ley de Extinción de Dominio para el Estado
  8. Ley del Notariado del Estado
  9. Ley que Establece el Arancel para el cobro de Honorarios por los Notarios Públicos
  10. Ley del Inquilinato para el Estado
  11. Ley sobre Protección y Conservación de Lugares Típicos y de Belleza Natural
  12. Ley del Catastro del Estado
  13. Ley de Operaciones Inmobiliarias del Estado
  14. Ley de Valuación Inmobiliaria
  15. Código Hacendario 16. Ley de Bienes del Estado
  16. Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y Limitación de Dominio de Bienes de Propiedad Privada para el Estado
  17. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas del Estado
  18. Ley para la Creación y Fomento de la Pequeña Propiedad
  19. Ley para la Enajenación de Predios de Interés Social
  20. Ley que Declara de Interés Público y Obligatorio el cercado de Terrenos libres de Construcciones, ubicados en las zonas urbanas de las poblaciones del Estado
  21. Ley que Regula el Procedimiento para fijar las Cuotas, Tarifas y Tablas de Valores Unitarios de las Contribuciones sobre la Propiedad Inmobiliaria
  22. Ley que Regula las Construcciones Públicas y Privadas del Estado
Leyes Inmobiliarias

Leyes Inmobiliarias

 

Las Leyes Inmobiliarias regulan la actividad de los agentes, de las agencias y de las Asociaciones Inmobiliarias, y también dan pauta para el registro de licencias.

18 estados ya tienen Ley Inmobiliaria: (Baja California Norte y Sur, Coahuila, Campeche, Michoacán, Veracruz, Colima, CDMX, Edo. de México, Guerrero, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco y Tamaulipas)

Proyectos en desarrollo de los congresos de: Jalisco, Puebla, Chiapas, Morelos, Yucatán y Sinaloa)

1era Ley Inmobiliaria surgió en Sonora en el 2003

 

Objetivos de las Leyes Inmobiliarias:

1, Crear un padrón de agentes, agencias y asociaciones inmobiliarias existentes

  1. Crear un padrón de agentes, agencias y asociaciones inmobiliarias plenamente
  2. Comprobar capacitación y actualización constante de los agentes
  3. Prevenir y evitar que cualquier persona preste servicios inmobiliarios con
  4. Que la función del agente inmobiliario brinde certeza y seguridad jurídica al

Servicios inmobiliarios

 

Derivado del artículo 75 del Código de Comercio:

  • Compraventa
  • Comisión Mercantil
  • Intermediación en negocios mercantiles Derivado de la LFPIORPI (Ley Antilavado):
  • Construcción o desarrollo de bienes inmuebles
  • Compraventa de inmuebles y su administración

En general los servicios inmobiliarios son 6:

  1. Comercialización: la mediación o intermediación para la realización de la venta de un inmueble.
  2. Promoción: toda la propaganda que se hace para vender un
  3. Consultoría: Realización de las actividades de consulta o asesoramiento que se prestan para el beneficio del usuario.
  4. Gestoría: todas las actividades relacionadas a obtener las licencias, permisos, trámites.
  5. Valuación: todas las acciones tendientes a obtener el valor de los bienes
  6. Administración: todas las actividades gerenciales que se aplican a un inmueble productivo, rindiendo también informes para los propietarios.

Nueva Cultura Inmobiliaria

 

Desde el 9 de julio de 2007 la SEP reconoció a la actividad inmobiliaria como una profesión.

El reconocimiento se lleva a cabo a través de un proceso especial con el que se obtiene un título y cédula profesional con efectos de patente a nivel federal, el título que se obtiene es el de: Técnico Superior Universitario en Comercialización Inmobiliaria (TSUCI).

Se lleva a cabo a través de 2 etapas: un examen y un portafolio de evidencias.

Código de Ética

Sujeto a las normas establecidas por Instituciones o Asociaciones:

SEDECO - Secretaría de Desarrollo Económico AMPI - Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (27 artículos divididos en tres secciones):

  1. Relaciones con el Público
  2. Relaciones con Clientes y Usuarios
  3. Relaciones con Otros Inmobiliarios

RAR - National Association of Realtors (17 artículos divididos en tres secciones):

  1. Relaciones con Clientes y Usuarios
  2. Relaciones con el Público en General
  3. Relaciones con Compañeros Realtors

CILA - Consejo Inmobiliario Latinoamericano

FIABCI - Federación Internacional de Asociaciones Inmobiliarias

CREA - Consorcio Internacional de Bienes Raíces

ASPRIMA - Asociación de Profesionales Inmobiliarios de Madrid

COPIM - Consejo de Profesionales Inmobiliarios en México A.C.

APCI - Asociación de Profesionales en Comercialización Inmobiliaria

Norma Oficial Mexicana NOM-247

01 Norma Oficial Mexicana NOM-247

La normativa NOM-247-SE-2021, titulada "Prácticas comerciales: Requisitos para la información y publicidad de bienes inmuebles destinados a vivienda, y elementos esenciales en los contratos relacionados", fue promulgada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 22 de marzo de 2022, y comenzó su vigencia el 19 de septiembre del mismo año. Esta regulación define criterios específicos para la promoción y venta de inmuebles destinados a vivienda y los elementos esenciales que deben estar presentes en los contratos de compraventa.

El principal objetivo de la NOM-247-SE-2021 es asegurar la defensa efectiva de los derechos de los consumidores en el ámbito inmobiliario. Esto se logra mediante la instauración de estándares mínimos de información y claridad en la publicidad y comercialización de dichos inmuebles.

Los vendedores de estos inmuebles están obligados a ofrecer a los consumidores información precisa, visible y fácilmente legible, que incluye:

  • Ubicación exacta del inmueble.
  • Área construida del mismo.
  • Cantidad de habitaciones y baños.
  • Detalles sobre sus amenidades.
  • Precio total y desglosado.
  • Condiciones y modalidades de pago.
  • Fechas comprometidas de entrega.
  • Garantías ofrecidas por el proveedor.

En el ámbito publicitario, la norma estipula:

  • Veracidad en la publicidad, evitando mensajes engañosos.
  • Inclusión de datos esenciales sobre el inmueble, como precio, modalidades de pago y fechas de entrega.
  • Prohibición de contenidos que fomenten discriminación o inciten al odio.

La implementación de la NOM-247-SE-2021 representa un paso significativo en la protección de los derechos de los consumidores en el sector inmobiliario. Al garantizar transparencia e información precisa, la norma facilita que los consumidores tomen decisiones fundamentadas respecto a sus inversiones inmobiliarias.

Introducción a la comercialización inmobiliaria en México

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